Preguntas Frecuentes sobre las Retenciones de ISLR a los trabajadores en Venezuela (2024)

Preguntas Frecuentes sobre las Retenciones de ISLR a los trabajadores en Venezuela (1)

Preguntas Frecuentes sobre las Retenciones de ISLR a los trabajadores en Venezuela

En este artículo damos respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes en materia de Retenciones de ISLR a los trabajadores en Venezuela.

¿Qué es una retención de Impuesto Sobre la Renta?

En palabras sencillas, las retenciones tributarias son cantidades de dinero que el pagador debe descontar del importe total del monto adeudado. En el caso de las retenciones de ISLR efectuadas a los trabajadores, el monto de la retención se substrae de la nómina.

De este modo, el empleador -en su calidad de agente de retención- está obligado a restar una parte del total a pagar al trabajador. Esta retención debe ser luego declarada y pagada por el agente de retención (patrono) a la Administración Tributaria (SENIAT) en los primeros diez días del mes en que se efectuó la retención de ISLR o en la fecha que indique el Calendario de Obligaciones publicado por el SENIAT si el agente de retención es Sujeto Pasivo Especial.

En resumen, la Administración Tributaria, a través del Agente de Retención, sustrae una cantidad de dinero del salario del trabajador para adelantar el pago del Impuesto Sobre La Renta del empleado. Esta cantidad luego se compensa al final del Ejercicio Fiscal en la Declaración de ISLR del trabajador o, como técnicamente se conoce, en la Declaración Definitiva de Rentas de la Persona Natural Asalariada.

Ten presente que el dinero retenido pertenece al Estado y es un adelanto de ISLR del trabajador. Retener el monto y no enterarlo al SENIAT es incurrir en un ilícito tributario sancionado en el Código Orgánico Tributario.

[ Para información de las retenciones de ISLR por pagos a proveedores ¡Da clic aquí! ]

¿Cuál es el fundamento legal de las Retenciones de ISLR al salario de los trabajadores?

Las retenciones de ISLR a las Personas Naturales Asalariadas (trabajadores) son deducciones a la nómina que debe realizar el empleador con atención a lo estipulado en una serie de elementos normativos.

Encuentras el fundamento legal de las Retenciones de ISLR al salario de los trabajadores en:

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre La Renta (D-LISLR), específicamente en el artículo 86.

Decreto 1808 – Reglamento parcial de la Ley de Impuesto Sobre La Renta en materia de Retenciones

Decreto Constituyente de Código Orgánico Tributario (COT) con especial atención a lo dispuesto en el artículo 27.

¿Cómo sé si estoy obligado a retener ISLR a un trabajador?

La obligación surge cuando el trabajador obtiene un enriquecimiento neto anual que sea mayor igual a 1000 Unidades Tributarias. Lo vemos en un esquema en la infografía de abajo:

Puntos clave de atención

Se trata de una persona natural residente en Venezuela con condición de asalariado, es decir, una persona que presta servicios personales bajo relación de dependencia a un patrono (persona natural o jurídica) que también está domiciliado en Venezuela.

Tiene un Enriquecimiento Neto Global que sea superior a mil (1000) unidades tributarias (UT) o Ingresos Brutos Superiores a mil quinientas (1500) UT.

Aunque el salario sea pagado en Moneda Extranjera, se debe hacer la retención de ISLR correspondiente. [ Consulta la Guía de Remuneración en Divisas ¡clic aquí! ]

A efectos del D-LISLR (Art. 31) se considera enriquecimiento neto del trabajador: «toda contraprestación o utilidad, regular o accidental, derivada de la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, independientemente de su carácter salarial, distintas de viáticos y bono de alimentación.»

¿Cuál es el salario base para las retenciones de ISLR?

Existe una controversia referida a cuál salario se debe utilizar para aplicar la retención de ISLR. La controversia existe porque el SENIAT, visto lo establecido en el artículo 31 del D-LISLR exige que la retención de ISLR de los trabajadores se aplique al «Salario Integral»

Sin embargo, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (D-LOTTT) en su Art. 107 establece lo siguiente: «Cuando el patrono, patrona o el trabajador o trabajadora, estén obligados u obligadas a cancelar una contribución, tasa o impuesto, se calculará, considerando el salario normal correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en que se causó.» [ Las negritas son nuestras ]

Visto que tenemos una contradicción entre leyes el encargado de dirimir la situación es el Tribunal Supremo de Justicia, y así lo ha hecho de manera reiterada al indicar que el Enriquecimiento de las Personas Naturales Asalariadas, para la determinación del ISLR es el Salario Normal.

Lo anterior no ha evitado que el SENIAT siga considerando que la base de cálculo del ISLR de los trabajadores es el “salario integral”.

¿Cómo se determina el porcentaje de retención de ISLR a aplicar al salario?

La mejor manera determinar el porcentaje de retención de ISLR a aplicar al salario del trabajador es llenando la forma AR-I. Ésta es una planilla oficial del SENIAT donde el trabajador estima sus ingresos y sus gastos con el fin de obtener el porcentaje de retención de ISLR que su empleador debe aplicar en la oportunidad del pago de su sueldo o salario.

Si el trabajador no presenta la forma AR-I antes de recibir el primer pago de su sueldo en el ejercicio fiscal, entonces el patrono deberá calcular el porcentaje de retención de acuerdo con lo establecido en la norma.

Puntos clave de atención:

Llenar la forma AR-I es responsabilidad del trabajador.

En esta planilla se presenta una estimación de los ingresos y egresos (desgravámenes) que la persona natural espera tener durante el ejercicio fiscal.

El trabajador puede estimar el monto total del desgravamen detallado para el ejercicio fiscal.

La empresa sólo tiene potestad de revisar los ingresos estimados del trabajador y corregir el monto en caso de que hayan sido subestimado.

Si el trabajador no entrega la forma AR-I el patrono tiene la obligación de determinar el porcentaje de retención de acuerdo al Decreto 1808. (Esto es distinto de llenarle planilla AR-I por el trabajador)

¿La empresa puede exonerar la entrega de planilla AR-I a los trabajadores?

En días pasados en nuestro grupo de Telegram conversábamos sobre el AR-I y se dió una discusión interesante sobre este punto. La pregunta en el grupo era: “para ayudar a los trabajadores ¿puede el empleador exonerar la entrega de la planilla AR-I?”

Para unirte al grupo de Telegram ¡da clic aquí!

No. Legalmente esto no se puede hacer, no es potestad del patrono decidir cuándo un trabajador debe cumplir o no con sus obligaciones tributarias. Si el trabajador no presenta la planilla del AR-I es deber del empleador determinar el porcentaje de retención por sí mismo.

Aunque es deseable que el empleador facilite al trabajador la planilla AR-I para que este proceda a llenarla y entregarla a tiempo es importante tener claro que esa no es una obligación del patrono, es responsabilidad del trabajador. El formato está disponible en la web del SENIAT ¡clic aquí!

Ten presente que durante los procedimientos de fiscalización de Impuesto Sobre La Renta es muy frecuente que en las actas de requerimiento el funcionario actuante solicite copia de las planillas AR-I presentadas por los trabajadores.

¿Qué es el comprobante de Retención (AR-C)?

Es un documento que prueba el monto total de las retenciones de ISLR realizadas por el patrono en su calidad de agente de retención. El AR-C es el soporte que debe tener el trabajador para poder deducir el monto retenido por su empleador cuando realice su declaración de ISLR como persona natural.

Recuerda que el AR-C no prueba el enriquecimiento del trabajador, especialmente en el caso de las personas naturales que, aparte de su salario, reciben otros ingresos.

¿En cuál momento el empleador debe entregar el AR-C al trabajador?

Al finalizar el Año Calendario; recuerda que el Ejercicio Fiscal de las personas naturales coincide con el año natural.

Al finalizar la relación de trabajo. Ten presente que esto puede ocurrir en cualquier momento del año.

Puntos Clave de Atención de las Retenciones de ISLR a los Trabajadores

Ten presente que la Unidad Tributaria, indicador fundamental para la determinación de las obligaciones tributarias, está subvaluada; es decir, vale menos de lo que debería valer. En Diciembre de 2022 las Mil UT equivalen a Bs. 400,00 ¡al año!. En conclusión: Todos los trabajadores asalariados deben presentar la forma AR-I

A pesar de que el ingreso de muchos trabajadores está «bonificado» (es decir reciben un salario base más bonos que algunos optan por llaman «no salariales» aunque realmente lo sean) la combinación de la Unidad Tributaria subvaluada con la hiperinflación y la acumulación de ajustes salariales amplía la base de Contribuyentes de Impuesto sobre la Renta.

A eso debemos sumar que el desgravamen y las cargas de familia también están medidos en base a la Unidad Tributaria, lo que da origen a un «enriquecimiento fiscal» que en la realidad de los hechos el trabajador no tiene, porque está accediendo a bienes y servicios cuyo valor de adquisión está afectado por la hiperinflación de Venezuela.

Recomendamos involucrar a los departamentos de RRHH y Finanzas / Contabilidad o Tributos de la organización y apoyar a los trabajadores con el proceso de elaboración de sus ARI. Si bien no es una OBLIGACIÓN de la empresa, no es menos cierto que los conceptos que afectan la nómina, especialmente, las deducciones, tienen impacto en el Clima Organizacional y esta es una excelente oportunidad de hacer Responsabilidad Social Empresarial a lo interno de la compañía.

¿Dónde encuentro más información?

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Consulta la Guía Práctica de Retenciones de ISLR a Personas Naturales Asalariadas.
Esta guía es ideal para ayudarte en la gestión de Retenciones de ISLR a los trabajadores y es útil para administradores, profesionales de recursos humanos y contadores.
Te mostramos paso a paso cómo se determina el porcentaje de retención de ISLR, partiendo de las fórmulas establecidas en el reglamento hasta llegar al formato AR-I. Adicionalmente, te decimos qué debes hacer si el trabajador no presenta su AR-I, lo entrega con errores o subestima sus ingresos. Finalmente consideramos las sanciones a las que está sujeta la entidad de trabajo, en su calidad de agente de retención, en caso de no realizar las retenciones de ISLR o hacerlas de forma incorrecta.

Sobre las autoras

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Nancy Aguirre

Contador Público Colegiado y Lcda. en Relaciones Industriales

Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

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Mariela Llovera

Abogado, Lcda. en Relaciones Industriales y Avaluadora

Asesora en Derecho Tributario, Mercantil y Laboral para distintas organizaciones en la región central del país. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Actualmente, forma parte de la Junta Consultiva de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana del Estado Aragua. Distinguida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su aporte a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Adicionalmente, es conferencista frecuente de los Colegios de Contadores Públicos de Aragua y Miranda. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.

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VIDEO CONFERENCIA «Tendencias de Remuneración en Venezuela 2021»

Muchas gracias por la información recibida y encantada de volver a escuchar las ponencias de Raul Briceño, en esta oportunidad por video.. Saludos

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Beatriz Flores

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