En todas las consultas sobre donaciones de padres a hijos nos que resuelven nuestros abogados especialistas, encontramos con que la primera idea que se expone es la de la bonificación respectiva, dejando a un lado los requisitos obligatorios para declarar una donación en el modelo 651.
Al igual que este dato importante, no debemos de perder de vista el conocer el trasfondo que da lugar a la aplicación de esa bonificación determinada por cada comunidad autónoma, sino la posibilidad de que, aunque pueda haber bonificaciones pueda surgir que los trámites se puedan llevar, como por ejemplo, por los cauces de no residentes, etc.
En este artÃculo podrás encontrar un amplio análisis sobre el modelo 651, relacionado con la tributación de donaciones.
Por ello, si estás pensando en realizar una donación, no sabes cómo declarar esta, o mejor, si quieres que todos los trámites desde la toma en contacto con notarios hasta la entrega de la documentación al cliente quieres delegar para estar más tranquilo, te animamos a que continúes leyendo ya que puede resultarte muy útil.
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¿Qué se considera donación?
Una donación es un acto de libertad en el que una persona, el donante, se empobrece en favor de otra, el donatario, sin ánimo de lucro y sin intención de obtener ningún beneficio a cambio.
El objeto de donación es variable, pudiendo ser una donación de dinero, de una vivienda, de un usufructo, de participaciones sociales, etc.
Se podrá hacer una donación de cualquier cosa susceptible de valoración económica.
Existen muchos tipos de donación, pero una de las más frecuentes son las que se realizan entre familiares o en beneficio de los hijos.
¿Cómo se declaran las donaciones?
No toda donación debe ser declarada en el IRPF, y uno de los primeros pasos es centrarse en liquidar el Impuesto de Donaciones.
La tributación de este impuesto ha de realizarse a través del modelo 651, el cual puedes encontrar en los modelos 650 y 651 de la Comunidad de Madrid. En este modelo se reflejarán:
- Las partes de la donación.
- CuantÃa o el objeto de donación.
- Forma de pago.
Otra forma de conocer los riesgos y la opción más beneficiosa.
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¿Qué modelo hay que presentar y dónde se presenta?
Para declarar una donación en el IRPF es necesario presentar el modelo 651, y puedes hacerlo tanto de forma virtual a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de tu Comunidad Autónoma, o de forma fÃsica en las oficinas de tu propia comunidad. Desde nuestro despacho de abogados preparamos todas las presentación por vÃa telemática.
¿Cómo rellenar el modelo 651?
En el modelo 651 se ha de recoger toda la información relacionada con la donación, los datos del donante y donatario y el objeto de la donación.
Cuando se trate de donación de dinero, se ha de especificar exactamente la cuantÃa de la donación, ya que esto está relacionado con el valor de la tributación.
En el caso de que la donación sea un bien inmueble, es necesario determinar la ganancia patrimonial, si existiera, y el lugar en el que reside el inmueble.
¿Debo declarar una donación a mis hijos?
Como hemos comentado anteriormente, toda donación ha de ser declarada, independientemente de quien sea la persona que reciba la donación, o de si se trata de una cuantÃa económica o un bien material o inmueble.
Por ello, si realizas una donación a tus hijos, estos tendrán la responsabilidad de declarar dicha donación.
En alguna consulta se nos ha presentado, y es que tanto la persona que dona como la persona que recibe el bien tienen que firmar la escritura de donación ante notario.
¿Dónde tributa una donación?
El lugar en el que tributa una donación depende del objeto de la donación en cuestión:
- Cuando se trate de una donación de dinero o un bien mueble, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones debe declararse en la Comunidad Autónoma de la persona que recibe la donación.
- Cuando el objeto de donación sea un bien inmueble, la donación tributará en la Comunidad Autónoma en la que resida el inmueble.
- En caso de donación de no residentes nos remitimos al artÃculo y sus especialidades.
¿Quién tiene que pagar el impuesto de donaciones?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha de ser abonado por la persona beneficiaria de una donación, es decir, la persona que recibe la donación.
Sin embargo, el donante también deberá tributar ciertos impuestos en determinadas ocasiones, tales como la ganancia patrimonial y plusvalÃa municipal.
Lo que más se discute actualmente son las bonificaciones (con el fin de restringirlas) y tributar a escala, motivo pero es conocido que este tipo de situaciones podrÃan tener un elevado coste polÃtico.
¿Qué es la ganancia patrimonial?
La ganancia patrimonial se define como la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición de un bien inmueble, además de los gastos correspondientes. Todo ello con las excepciones establecidas en el artÃculo 33 LIRPF.
Es un concepto que cobra gran importancia cuando el objeto de donación es un bien inmueble, cuyo precio ha incrementado con respecto al valor de adquisición del mismo.
En el caso de que exista esta ganancia patrimonial, el donante deberá tributar esta diferencia en el IRPF.
¿Cuál es el plazo para declarar una donación?
La persona que recibe una donación dispone de un plazo máximo de treinta dÃas desde que se realiza la donación para tributar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
¿Qué pasa si no declaro una donación?
Es imprescindible conocer este impuesto, ya que no declarar una donación en la renta puede conllevar una sanción, cuyo valor dependerá de la cuantÃa de la donación.
Esta multa oscila entre el 50% de la cantidad defraudada, en la infracción leve, y el 150% de la cantidad que no se ha abonado a Hacienda en los casos más graves.
¿Qué pasa si la presento fuera de plazo la donación?
Este dato también es importante ya que estaremos sujetos a los intereses de demora que se vayan devengando según el devengo.
Incluso, presentarla sin los requisitos formales de escritura pública puede traer graves consecuencias como las indicadas anteriormente. Lo fundamental es que se no se inicie un procedimiento de comprobación que pudiera dar lugar a la imposición de sanciones.
Contar con un abogado especialista en donaciones te será de gran ayuda a la hora de realizar o recibir una donación y/o tenerla que declarar en el IRPF. Por ello, nuestro abogados especialistas en donaciones ponemos nuestra amplÃa experiencia a tu disposición para ayudarte y asesorarte en todo lo que necesites.
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