¿Cuánto Dura El Compromiso De Una Carta De Sostenimiento? (2024)

Nelson A. Castillo

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En micolumnaConsulta Migratoria® de esta semanacontesto la pregunta de un lector.Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.

Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.

Esta es la columna:

Soy ciudadano estadounidense. En el 2009 ayudé a emigrar al familiar de un amigo firmando una carta de sostenimiento. La persona logró obtener la residencia permanente de los Estados Unidos y vive en Florida. ¿Cuánto tiempo dura este documento y cuáles son mis responsabilidades legales? –Samuel M.

Samuel, la ley de inmigración de Estados Unidos establece que la mayoría de las personas que inmigran a este país en base a una petición familiar, y algunos casos de empleo, deben tener un “patrocinador financiero” - una persona que apoye y se responsabilice económicamente por esa persona.

Ese compromiso se establece en una Declaración Jurada de Apoyo Económico, llamada Carta de Sostenimiento (Affidavit of Support, en inglés). Para cumplir con este requisito, se usa el Formulario I-864. Este documento es un contrato legal entre la persona que patrocina a un inmigrante y el Gobierno de los Estados Unidos. El Gobierno federal no aprobará el caso si no se presenta una Carta de Sostenimiento cuando es requerida.

Con este documento, el patrocinador de un inmigrante jura que le dará el apoyo económico adecuado para su sustento y se compromete a evitar que el inmigrante se convierta en una carga pública después de ingresar a los Estados Unidos. El Gobierno considera que una persona es una carga pública si solicita y depende de ciertos beneficios públicos tales como Seguridad de Ingreso Suplementario (Supplemental Security Income, SSI, en inglés) y Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance to Needy Families, en inglés).

La persona que se compromete a patrocinar financieramente a un familiar o a cualquier otro inmigrante tiene una gran responsabilidad - una que puede llegar a durar años.

Los aspectos legales de una Carta de Sostenimiento continúan en vigor hasta que el inmigrante patrocinado:

- Se convierte en ciudadano estadounidense.

- Ha ganado o es acreditado 40 trimestres de trabajo en los EE.UU. bajo la ley del Seguro Social (generalmente 10 años), sin contar el tiempo durante el cual la persona recibió beneficios públicos que no tenía que recibir.

- Vuelve adquirir residencia permanente mientras está en proceso de deportación.

- Deja de ser residente permanente y se va permanentemente de los EE.UU.

- Fallece.

Durante todo ese tiempo, el Gobierno de los Estados Unidos puede tomar acciones legales contra la persona que patrocinó y firmó una Carta de Sostenimiento a favor de un inmigrante, si es que este usa beneficios públicos, los cuales se le advirtió expresamente no podía recibir al ingresar al país.

El patrocinador también está legalmente obligado a informarle al Servicio de Ciudadanía de Inmigración y Ciudadanía de EE.UU. sobre cualquier cambio de dirección hasta que termine su responsabilidad financiera.

Si cambia de dirección, deberá presentar un Formulario I-865, Notificación de Cambio de Domicilio del Patrocinador (Sponsor’s Notice of Change of Address, en inglés), dentro de los treinta días de su mudanza. Si no lo hace, el patrocinador puede ser multado de $250 a $5.000.

Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog inmigracionhoy.com.

Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.

El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual Presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para comunicarse con la oficina del Dr. Castillo, puede llamar al (213) 537-VISA (8472).

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