Anuncia SAT nueva prórroga a la facturación 4.0 (2024)

Anuncia SAT nueva prórroga a la facturación 4.0 (1)

En un comunicado oficial, el SAT anunció otra prórroga para la facturación 4.0 que estaba programada como obligatoria a partir del 1 de julio. La entrada en vigor de la nueva versión de CFDI será el 1 de abril de 2023.

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Aplazamiento de nuevo CFDI da un respiro a contribuyentes

Si eres uno de los usuarios que no han podido tramitar su Constancia de Situación Fiscal debido a la saturación de servicios ante el apremio de la fecha límite para el cambio de factura 3.3 a la factura 4.0, puedes respirar con alivio debido a una nueva prórroga.

Atendiendo las demandas ciudadanas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió extender el fin de la transición, fijado para el 1 de julio de 2022, con el objetivo de facilitar a los contribuyentes la actualización de sus datos fiscales.

Y es que dichos datos, contenidos en la mencionada Constancia, son ahora de inclusión requerida en el llenado de la factura, por lo que es necesario conocerlos tanto para elaborarlas como para recibirlas. Es decir, tanto el emisor como el receptor del comprobante fiscal deben proporcionarlos. Se trata de:

  1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  2. Nombre o Razón Social.
  3. Código postal del domicilio fiscal.
  4. Régimen fiscal.

Inicio de Factura 4.0 será obligatorio en 2023

La renovada versión de facturación electrónica arrancó con el inicio de 2022, aunque en su aplicación se optó por un esquema de convivencia con la versión previa 3.3 de CFDI. Por ello se habla de un inicio obligatorio, cuando el órgano fiscalizador ya no permita la emisión de facturas 3.3, que dejarán de ser válidas el 1 de abril del próximo año.

Esta última prórroga al CFDI 4.0 significa que quienes aún no emplean la modalidad recientemente adaptada tendrán 9 meses más para conocer las modificaciones, aplicar sus cambios necesarios y comenzar con la nueva facturación.

Se trata de la tercera ocasión en que el SAT aplaza el vigor obligatorio. Originalmente, el plazo de adaptación terminaría el 30 de abril de 2022, extendiéndose después al 30 de junio, luego al 31 de diciembre y finalmente al 31 de marzo de 2023.

¿Cómo prepararte para la Factura 4.0?

No son muchos los trámites que debes realizar, pero sí son fundamentales. Por ejemplo, si utilizas nuestra plataforma de facturación online, deberás ingresar a tu Perfil Fiscal para actualizar tus datos; de esta manera, tu información como emisor de facturas se encontrará automatizada.

Por otro lado, deberás igualmente actualizar los datos de tus clientes. Existen cambios también para la emisión de Comprobantes de Nómina, por lo que necesitarás saber todo al respecto para generar tus CFDI de Nómina en Facturama.

En los siguientes links encontrarás más explicaciones para que tengas todo listo antes de elaborar tus Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI):

  • Tramita tu CIF.
  • ¿Tienes tu régimen actualizado?
  • Agrega información en tu Perfil de Facturama.
  • Los datos fiscales que necesitas de tus receptores.
  • Cambios en CFDI de Nóminas.
  • Multas por emisión errónea de facturas.

¿Es requisito tramitar la Constancia de Situación Fiscal?

Si bien en un principio se había manejado su obligatoriedad, especialmente en lo que respecta a los trabajadores para recibir el pago de sus sueldos y salarios, en el comunicado del 8 de junio sobre la más reciente prórroga, la autoridad fiscal reveló lo contrario.

Así, aunque señala que es recomendable poseer la Constancia de Situación Fiscal y la compara con un acta de nacimiento del contribuyente, hace énfasis en que no existe la firme obligación del trabajador para entregarla al patrón y basta con compartirle a éste sus datos fiscales (RFC, Nombre, Código Postal y Régimen Fiscal).

En este sentido, el SAT señala que “en caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal”.

Asimismo, el organismo abunda en que “la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago”.

¿Dónde tramitar la CIF?

Debido a la saturación de usuarios, el Servicio de Administración Tributaria puso a disposición del público tres vías en las que podrás realizar el trámite:

  1. Utilizando el Portal del SAT, en la sección “Otros trámites y servicios”.
  2. Por medio del SAT Móvil, utilizando la app en Tablet o smartphone.
  3. Con el SAT ID, también un servicio para dispositivos móviles inteligentes.

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Posted on: 08/06/2022

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