Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (2024)

Cuando alguien inicia la prestación de servicios a una empresa, los finaliza o hay variaciones en cuanto a estos, dichos cambios deben ser comunicados a la Tesorería General de la Seguridad Social. Además, las solicitudes de dichas gestiones siempre deben ir firmadas por el empresario empleador o el autónomo o trabajador por cuenta ajena, en caso de serlo.

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Las altas son aquellos actos administrativos que suponen el inicio de una relación jurídica entre el trabajador y la Seguridad Social. Sin embargo, las bajas son los actos administrativos que dan por terminada dicha relación, finalizando así la cotización del trabajador. En cuanto a las variaciones de datos, consisten en la comunicación para la modificación de cualquier dato identificativo, domiciliario o laboral de un trabajador dentro del sistema de la Seguridad Social.

Cuando se comunica (o se hace la solicitud de) una alta de la Seguridad Social, esta es válida desde el momento del inicio de la actividad, a menos que se haya solicitado fuera de plazo (en ese caso, lo será desde el momento en que se haya hecho la solicitud). Y lo mismo sucede con las bajas. En caso de que las fechas de las altas y bajas no correspondan con el inicio y el cese verídicos de las actividades, los trabajadores siempre pueden reclamarlo.

Situación asimilada de alta

Hay veces en las que se finaliza el período de prestación de servicios pero se sigue estando dado de alta en la Seguridad Social sin necesidad de efectuar baja. Esta situación se conoce como “situación asimilada de alta”, y sucede en los siguientes casos:

  • Cuando se mantiene la inscripción como desempleado en la Oficina de Empleo.
  • En la excedencia forzosa.
  • En la excedencia para el cuidado de hijos.
  • En caso de servicio militar o prestación social similar.
  • En caso del traslado de la empresa al extranjero.
  • En caso de período de inactividad entre trabajos de temporada.
  • En caso de suspensión de un convenio especial.
  • En los períodos de prisión por la Ley de Amnistía.
  • En caso de haber trabajado en un puesto con riesgo de enfermedad profesional y poder declarar la invalidez permanente debido a esta.
  • Para conservar el derecho a asistencia sanitaria para todos aquellos trabajadores por cuenta ajena que hayan permanecido o no dados de alta un mínimo de noventa días en el año anterior a la baja.
  • Para conservar el derecho a asistencia sanitaria para todos aquellos trabajadores pendientes de una demanda por despido improcedente o nulo.
  • En el caso del Sistema Especial Agrario, si el trabajador se desplaza al extranjero por motivos de trabajo.
  • En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos, durante los noventa días naturales después del último día del mes de la baja.
  • En caso de recibir una ayuda destinada a fomentar el fin anticipado en una actividad agraria.
  • Para los colectivos de artistas, aunque los días cotizados no correspondan con los de la prestación de servicios.
  • En caso de que el Ministerio de Empleo y la Seguridad Social lo vea procedente.

¿Quién ha de comunicar el alta, la baja y/o la variación de datos en la Seguridad Social?

Si estás al mando de una empresa que cuenta con trabajadores, deberás gestionar tú sus altas y bajas en la Seguridad Social, además de poder realizar cualquier cambio u variación de sus datos en la misma.

Además, cuando un trabajador se traslade a otro puesto de la misma empresa estando este en otra provincia, el empresario también deberá gestionar la baja en la provincia de origen y el alta en la nueva.

Si la empresa no cumple con esta obligación, el trabajador podrá ir directamente a la Tesorería General de la Seguridad Social para hacer la gestión (tal y como lo han de hacer los autónomos y trabajadores por cuenta propia).

En el caso de que ni la empresa ni el trabajador cumplan con sus obligaciones y, por lo tanto, no comuniquen estos cambios en sus situaciones laborales, se efectuarán de oficio por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o la Administración. Los efectos de las altas, bajas o variaciones en los datos cuando ocurren de esta última manera, empezarán en la fecha en la que se vio el incumplimiento.

¿En qué consisten las solicitudes de alta, baja o variaciones de datos en la Seguridad Social?

Cuando una empresa quiera dar de alta en la Seguridad Social a un trabajador, así como darlo de baja, deberá rellenar una solicitud con la siguiente información:

  • Nombre o razón social del empresario.
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Identificación del trabajador (nombre y apellidos, DNI y domicilio).

Cuando se solicite un alta, además, se tendrán que especificar la fecha de inicio de la actividad, el grupo de cotización, ocupación (si se precisa), el tipo de contrato y si hay convenio u convenio colectivo.

Sin embargo, cuando se solicite una baja, se tendrá que facilitar la fecha del cese de la actividad y la causa de la baja.

Cuando se quieran modificar los datos de un trabajador en la Seguridad Social, porque estos afecten a sus condiciones laborales, se deberá rellenar una solicitud que exprese:

  • Tipo de contrato.
  • Variación de grupo de cotización.
  • Fecha de variación.
  • Ocupación.

¿Cómo presentar las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos en la Seguridad Social?

Todas estas solicitudes se pueden presentar por medios electrónicos o telemáticos, además de informáticos:

  1. A través de la Sede Electrónica y utilizando el servicio Alta en RETA.
  2. A través del Sistema RED. Para ello, la empresa deberá pedir una autorización para entrar a dicho sistema en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

El plazo de presentación de las altas en la Seguridad Social es antes de la relación laboral (hasta 60 días antes), y el de las bajas y variaciones de datos es de 3 días naturales.

12 Comments

  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (1)

    Patricia

    abril 24, 2019 at 10:47 am

    Buen día Jordi,estoy trabajando en una Ett y las fechas de baja no se corresponden con la realidad.Ejemplo:
    Comienzo a trabajar del 19/04 hasta el 22/04 ambos inclusive,serían 4 días cotizados no? Pues en la vida laboral sólo están puestos 2,mi pregunta es:
    No tendrían que quedar reflejados 4?
    Me lo han puesto así varias veces,espero respuesta,un saludo y gracias de antemano.

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  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (3)

    rocio carolina

    julio 9, 2019 at 5:42 pm

    HOLA, QUISIERA DAR DE ALTA TRABAJADORES PUES NECESITO PERSONAL EN ALGUNAS HORAS CLAVE , TRABAJO EN EVENTOS, ES TAN COMPLICADO ? EL CONTRATO , ALTAS Y BAJAS , NOMINAS?, ALGUIEN ME PUEDE HECHAR UNA MANO? GRACIAS carolinbecdiaz@gmail.com

    Responder

    • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (4)

      julio 10, 2019 at 10:51 am

      Hola Rocío,

      Consulta con tu representante sindical o asesor laboral. También puedes contratar los servicios de asesoría laboral de Factorial, ¡y te hará la vida mucho más fácil!

      Saludos

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  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (5)

    Isabel

    enero 11, 2020 at 7:12 am

    Buenas noches,
    Mi papá tiene 25 años trabajando en una empresa y hace días enfermo y cuando fue al seguro le dijeron que hace un año lo dieron de baja pero el sigue trabajando en la misma empresa. ¿Qué puede hacer?

    Responder

    • Marina

      febrero 20, 2020 at 3:53 pm

      Hola Isabel,

      Factorial HR es un software para Recursos Humanos, una herramienta para facilitar la gestión de los empleados de las empresas.

      Para resolver dudas de este tipo siempre recomendamos que se consulte a un representante sindical o asesor laboral.

      Responder

  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (7)

    Jose

    enero 17, 2020 at 11:02 pm

    Que tal buenas tardes disculpe yo tenía cotizado 8 años y apenas cheque mis semanas cotizadas y me di cuenta que tenía uno del día 13 de junio del 2011 y el 13 de enero 2020 me dieron de baja y que tengo otra alta el día 9 de septiembre del 2019 y es la que está vigente de la misma empresa porque pasó esto y que problema tendré espero puedan ayudarme a entender la situación gracias

    Responder

    • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (8)

      Marina

      febrero 20, 2020 at 3:48 pm

      Hola Jose,

      Factorial HR es un software para Recursos Humanos, una herramienta para facilitar la gestión de los empleados de las empresas.

      Para resolver dudas de este tipo siempre recomendamos que se consulte a un representante sindical o asesor laboral.

      Responder

  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (9)

    Rayan

    enero 23, 2020 at 11:13 pm

    Hola mi contrato finaliza el 31 12 2019 pero a día de hoy estoy alta en seguridad social la empresa tiene que pagarme estos días de alta

    Responder

    • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (10)

      Marina

      febrero 20, 2020 at 3:40 pm

      Factorial HR es un software para Recursos Humanos, una herramienta para facilitar la gestión de los empleados de las empresas.

      Para resolver dudas de este tipo siempre recomendamos que se consulte a un representante sindical o asesor laboral.

      Responder

  • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (11)

    Maria

    febrero 4, 2020 at 12:04 pm

    Hola mi situación es q e han despedido el día 28 d enero me llegó el mensaje d la ss informándome d la baja pero en la vida laboral tengo baja el 28 y un alta el 29 d enero hasta el 10 d febrero x vacaciones no disfrutada pero en la ss no consta…. Para la ss mi fecha d baja es el 28 d enero

    Responder

    • Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (12)

      Marina

      febrero 20, 2020 at 3:35 pm

      Factorial HR es un software para Recursos Humanos, una herramienta para facilitar la gestión de los empleados de las empresas.

      Para resolver dudas de este tipo siempre recomendamos que se consulte a un representante sindical o asesor laboral.

      Responder

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Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores (2024)

FAQs

Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores? ›

El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo de la actividad laboral de un trabajador, sobre el cese en la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos y laborales de los trabajadores afiliados a la ...

¿Qué son las altas y bajas de los trabajadores? ›

Las altas son aquellos actos administrativos que suponen el inicio de una relación jurídica entre el trabajador y la Seguridad Social. Sin embargo, las bajas son los actos administrativos que dan por terminada dicha relación, finalizando así la cotización del trabajador.

¿Qué son las altas y bajas en la Seguridad Social? ›

Las altas son actos administrativos por los que se constituye la relación jurídica de Seguridad Social. Las bajas son actos administrativos por los que se extingue la relación jurídica de Seguridad Social.

¿Cómo saber las altas y bajas en la Seguridad Social? ›

Accediendo a tu área personal puedes consultar on line los detalles de tu vida laboral y tus bases de cotización. En el apartado Tu vida laboral, verás tus períodos de alta y baja en la Seguridad Social, las empresas en las que has trabajado, tu actividad como autónomo y el número de días que has estado en alta.

¿Qué significa estar dado de alta o de baja en la Seguridad Social? ›

Es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

¿Qué son las altas de trabajadores? ›

La afiliación del trabajador es el proceso mediante el cual se inscribe a los empleados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

¿Cuánto tiempo tiene el empleador para informar el alta y baja de un empleado? ›

Si concluye la relación laboral el empleador debe comunicar la baja ante el Registro de Altas y Bajas en Materia de Seguridad Social dentro de los 5 días a partir de la fecha en que se produjo la extinción del contrato laboral.

¿Quién tiene la obligación de tramitar las altas y bajas a la Seguridad Social? ›

Los empresarios están obligados a comunicar el alta, la baja o la variación de datos de los trabajadores que presten servicios en su empresa. En caso de no hacerlo podrá hacerlo el trabajador directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Qué es la variación de los datos? ›

Las variaciones son, por tanto, actos administrativos por los que se efectúan comunicaciones de modificación de datos identificativos, domiciliarios o laborales de los trabajadores afiliados al Sistema de Seguridad Social.

¿Cómo saber si estoy de baja o de alta? ›

Puede consultar esta infromación a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, aunque también puede pedirlo por teléfono. Se puede solicitar llamando al 901 502 050 entre las 9:00 de la mañana y las 19:00 de la tarde en días laborables.

¿Cómo consultar la baja de un trabajador? ›

El primer paso es ingresar a la página web oficial de la Seguridad Social. Luego ubicar la pestaña denominada “Ciudadanos”. Seguidamente ingresar a la opción “informes y certificados” y luego a “Informe de situación actual del trabajador”.

¿Cuándo se comunica la baja de un trabajador a la Seguridad Social? ›

Plazos de presentación
AltasBajas y Variaciones
Régimen GeneralPrevio al incio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes3 días naturales

¿Cómo ver el informe de vida laboral? ›

¿Cómo puedo solicitar el informe de mi vida laboral? La forma más sencilla y rápida de obtener el informe es a través del portal de la Tesorería General de la Seguridad Social Import@ss, al que se puede acceder en cualquier momento desde un ordenador o un dispositivo móvil.

¿Quién le paga al trabajador cuando está de baja? ›

En general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios. En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua.

¿Cuánto es lo máximo que se puede estar de baja? ›

Tal y como recoge el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), este periodo máximo será de 365 días y siempre dependerá de lo que decida el médico cuando el trabajador se realice las revisiones pertinentes. Sin embargo, existe la posibilidad de ampliarlo hasta 545 días.

¿Qué tipo de bajas hay? ›

tipos de baja laboral
  • baja por enfermedad común. El médico de cabecera expedirá este tipo de baja laboral para cubrir todas aquellas enfermedades que no están relacionadas con el ámbito laboral. ...
  • baja por enfermedad profesional. ...
  • baja por accidente laboral. ...
  • baja por maternidad o paternidad.
Nov 30, 2023

¿Qué son las bajas en una empresa? ›

La baja laboral es un derecho que tienen todos los trabajadores. Tiene lugar cuando se sufre una enfermedad o accidente que impide desarrollar la actividad laboral con normalidad. Se trata de una ausencia justificada hasta que el empleado se recupere.

¿Qué significa fecha de alta en la empresa? ›

La fecha de alta es la fecha en que usted empieza a cotizar por una situación; cuando le dan de alta en una empresa, por ejemplo. Suele coincidir con la fecha de efectos, aunque a veces puede variar. Las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen.

¿Cuántos días se tiene para dar de alta a un trabajador? ›

La presentación de los movimientos afiliatorios deberá efectuarse dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la realización de los supuestos.

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